¿Qué es la ley de Ajuste Cubano?
La Ley Pública 89-732 o Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) es una ley federal. Fue
promulgada por el gobierno de los EE. UU. el 2 de noviembre de 1966 con el fin de ayudar a
los ciudadanos cubanos que huían de ese país.
Esta ley beneficia a los nacidos en Cuba o a quienes hayan obtenido la nacionalidad cubana.
También a inmigrantes que hayan sido inspeccionados, admitidos o liberados en
territorio estadounidense, después del 1 de enero de 1959.
Igualmente, a personas que han vivido en EE. UU. al menos durante un año
o sean admitidas como residentes permanentes.
Los ciudadanos cubanos pueden emigrar legalmente a EE. UU. a través de diversos programas:
Visas de familia.
Lotería de visas.
Asilo o refugio en Estados Unidos.
Programa Especial de la Migración Cubana (PEMC), conocido también como lotería cubana.
Programa de Reunificación Familiar Cubano (Cuban Family Reunification Parole, CFRP).
Las visas de inmigrantes para familiares cubanos de ciudadanos estadounidenses son emitidas
por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
Esta categoría de visa americana es expedida para padres, cónyuges e hijos solteros
menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses. Asimismo, hay visas de inmigrantes
disponibles para personas que emigran por peticiones de familia o empleo.
Requisitos para obtener los beneficios de la ley de ajuste
El ciudadano cubano que solicita la residencia permanente bajo CAA, debe
cumplir con los siguientes requisitos:
-
Llenar completamente el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
-
Ser ciudadano de Cuba.
-
Haber “sido inspeccionado y admitido o puesto bajo palabra de Estados Unidos después del primero de enero de 1959”. En su defecto, haber obtenido un advance parole después del 1 de enero de 1959.
-
Haber vivido en Estados Unidos durante un año al menos al momento de la presentación del Formulario I-485.
-
Está presente físicamente en EE. UU. durante la presentación del Formulario I-485.
-
Ser admisible en EE. UU. para optar al estatus de Residente permanente legal. O, ser elegible para obtener una exención de inadmisibilidad o cualquier otro alivio o perdón migratorio.
-
Ser admitido por USCIS.
Documentos que se deben presentar
Para solicitar la Tarjeta de residencia basada en la Ley de Ajuste Cubano, el interesado debe presentar los siguientes documentos:
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente
o Ajuste de Estatus.
- Dos fotografías tipo pasaporte.
- Copia del pasaporte o documento de identidad oficial con fotografía.
- Copia del certificado de nacimiento.
- Evidencia de ser ciudadano cubano.
- Evidencia de haber vivido en EE. UU. durante un año
como mínimo antes de presentar el Formulario I-485.
- Copia de la página del pasaporte con la visa de no inmigrante (si aplica).
- Copia de la página del pasaporte con el sello de admisión o
permiso de ingreso a EE. UU.
- Copia del permiso I-94, Registro de Entrada/Salida. Si no lo tiene, entonces
copia del sello de admisión del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
- Formulario I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunas
(se puede enviar junto con el Formulario I-485).
- Registros policiales y/o judiciales certificados en caso de
arrestos, condenas o cargos criminales.
- Llenar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de
Causales de Inadmisibilidad (si se solicita).
- Llenar el Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a
Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de Deportación o Remoción (si aplica).
- Documentación de estatus anterior de no inmigrante
visa J-1 / visa J-2 (si aplica). Incluir la prueba de cumplimiento o
exención del requisito de residencia extranjera bajo INA 212(e).
- Las personas con una visa diplomática (A), G o E, deben llenar e
incluir el Formulario I-508 para renunciar a ciertos derechos y privilegios.
- Llenar el Formulario I-566, Registro Interinstitucional de
Solicitudes Autorización de Empleo para Personas a Cargo según OTAN.
Si el solicitante tiene estatus de no inmigrante A, G u OTAN.
¿Qué documentos podría presentar para probar la presencia física?
- Registros escolares (matrícula, notas, certificaciones).
- Registros de empleo.
- Registros médicos.
- Registros financieros (estados bancarios, depósitos físicos).
- Contratos de arrendamiento.
- Recibos de servicios (agua, luz, teléfono, internet, gas).
- Certificados de nacimiento de hijos en EE. UU.
- Fotografías con fecha.
- Pruebas de asistencia a eventos.